Con la finalidad de fomentar una mayor inclusión financiera, el Pleno del Congreso aprobó, con 101 votos a favor y 3 abstenciones, el dictamen de los proyectos de ley que propone facultar al Banco de la Nación a realizar operaciones y servicios de banca múltiple.
La sustentación del dictamen estuvo a cargo del congresista Anthony Novoa Cruzado (AP), presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.
Aseveró que la iniciativa legislativa modifica la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y se enmarca en las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Perú, que repercute positivamente en el Sistema de Intermediación Financiera y la inclusión financiera.
“La inclusión financiera permite mejorar el bienestar de la población a través del uso responsable de las operaciones y servicios que brindan las instituciones financieras, también genera el crecimiento económico y la reducción de la informalidad”, señaló.
Cabe indicar que las operaciones y servicios de banca múltiple, que realiza una institución financiera se materializan captando recursos financieros del público a través de diversos productos y/o servicios bancarios (cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo fijo, entre otros) para su posterior colocación en los mercados financieros, también mediante préstamos personales, comerciales, hipotecarios y/o inversiones.
Finalmente, consideró importante que haya una participación más activa del Banco de la Nación en el Sistema Financiero Nacional, pues con su rol subsidiario permitiría atender a los agentes económicos, brindando una alternativa financiera con mejores condiciones.
“A partir de la vigencia de la presente ley, el Banco de la Nación queda excluido del ámbito de Fonafe. El 50 % de la utilidad obtenida a partir de la vigencia de la presente ley es administrado por el propio banco y utilizado para su reinversión, crecimiento y expansión y el saldo es destinado al tesoro público”, señala el artículo 4 de la proyectada norma.
El acuerdo fue tomado en la sesión virtual que realizó el viernes 11, conducida por la congresista Matilde Fernández, tercera vicepresidenta del Parlamento Nacional.
La sustentación del dictamen estuvo a cargo del congresista Anthony Novoa Cruzado (AP), presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.
Aseveró que la iniciativa legislativa modifica la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y se enmarca en las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Perú, que repercute positivamente en el Sistema de Intermediación Financiera y la inclusión financiera.
“La inclusión financiera permite mejorar el bienestar de la población a través del uso responsable de las operaciones y servicios que brindan las instituciones financieras, también genera el crecimiento económico y la reducción de la informalidad”, señaló.
Cabe indicar que las operaciones y servicios de banca múltiple, que realiza una institución financiera se materializan captando recursos financieros del público a través de diversos productos y/o servicios bancarios (cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo fijo, entre otros) para su posterior colocación en los mercados financieros, también mediante préstamos personales, comerciales, hipotecarios y/o inversiones.
“Es por ello, al brindarle la facultad al Banco de Nación para que realice operaciones de banca múltiple, generaría mayor inclusión financiera, así también permitiría que tengamos un país con una mayor bancarización”, agregó Novoa.
Finalmente, consideró importante que haya una participación más activa del Banco de la Nación en el Sistema Financiero Nacional, pues con su rol subsidiario permitiría atender a los agentes económicos, brindando una alternativa financiera con mejores condiciones.
En su artículo 3 el dictamen precisa lo siguiente: “Facúltese al Banco de la Nación para habilitar agentes corresponsales con sus respectivas billeteras electrónicas para cada municipalidad de provincia, distrito, centros poblados y anexos, donde actualmente no tenga presencia, para brindar servicios transaccionales a la población. El Banco de la Nación puede realizar convenios con las municipalidades en las localidades donde no haya presencia de instituciones financieras privadas.
“A partir de la vigencia de la presente ley, el Banco de la Nación queda excluido del ámbito de Fonafe. El 50 % de la utilidad obtenida a partir de la vigencia de la presente ley es administrado por el propio banco y utilizado para su reinversión, crecimiento y expansión y el saldo es destinado al tesoro público”, señala el artículo 4 de la proyectada norma.