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Institución solicitó que se desista en la propuesta de implementar una fosa común
ante la falta de financiamiento comunicada por el nosocomio.

La Defensoría del Pueblo exigió a la dirección del Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón de Chimbote adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los servicios funerarios para las personas fallecidas por COVID-19 que pertenecían al Servicio Integral de Salud (SIS), sin que se exija pago alguno a los familiares.

El pedido fue formulado tras las quejas de los familiares de dos personas fallecidas por la enfermedad, quienes debieron cubrir los gastos por cremación ante la respuesta del nosocomio que informó que no contaba con recursos económicos para solventar los gastos de traslado del cuerpo y del servicio funerario.

Además, se conoció que el Cementerio Lomas de la Paz y la Beneficencia Pública de El Santa han exigido al hospital el pago de las deudas por los servicios funerarios prestados.

Para la Defensoría del Pueblo, estos hechos resultan preocupantes porque, según las normas emitidas en el contexto de la emergencia sanitaria, el financiamiento de las inhumaciones o cremaciones para las y los pacientes SIS está cubierto por el fondo para la Prestación Económica por Sepelio (PES).

Al respecto, la jefa de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Chimbote, Roslin Villanueva, señaló que, si bien la dirección del hospital ha advertido que presenta problemas de financiamiento para pagar la deuda por los servicios funerarios, esto no debe generar responsabilidad a los familiares de pacientes fallecidos por COVID-19.

Por otro lado, solicitó que se desista en la propuesta de implementar una fosa común ante la falta de financiamiento del nosocomio. ”La normativa vigente es clara respecto a la cobertura y el derecho de los familiares en relación a la disposición final de los cuerpos.”, sostuvo.

Finalmente, precisó que si la persona fallecida contaba con SIS, el financiamiento para la cremación o inhumación será asumido por la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento (IAFAS) a la que pertenecía. “Solo en el caso que la familia decida realizar el velorio se exonerará de la cobertura SIS para contratar los servicios funerarios de forma particular, respetando y cumpliendo con las normas sanitarias vigentes”, remarcó.


Imagen y texto Defensoria del Pueblo
 
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