Ministerio Público exhorta a ciudadanos cumplir disposiciones electorales y evitar incurrir en delitos

El Ministerio Público exhorta hoy a los ciudadanos a cumplir con las disposiciones electorales y no incurrir en acciones consideradas como delitos, en el marco del proceso de la segunda vuelta electoral a realizarse este domingo 6 de junio en todo el país.

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Se recuerda que el expendio de bebidas alcohólicas constituye una infracción a la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) o las ordenanzas municipales, pero no es un delito.
Por ello se recomienda tener en cuenta que la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas (ley seca) rige 24 horas antes y 24 horas después del acto electoral.
Cabe precisar que sí constituye un delito el incumplimiento a la prohibición de propaganda política 24 horas antes de los comicios, cualquiera sea el medio empleado.

Asimismo, durante el sufragio se comete delito si se interrumpe o se intenta interrumpir el acto electoral empleando la violencia o amenaza. La sanción a imponerse es no menor de 1 año ni mayor de 3 en su figura básica y si es agravada se castiga con una pena no menor de 2 años ni mayor de 5.

También es un delito votar con un Documento Nacional de Identidad (DNI) ajeno o no contar con el derecho de sufragio, Aquí la sanción es no menor de 6 meses ni mayor de 2 años.

El impedir el ejercicio del derecho de sufragio u obligar a ejercer en determinado sentido también constituye un delito que será reprimido con una pena privativa de la libertad no menor de 1 año ni mayor de 4.

La suplantación es otro delito que se castiga con pena privativa de la libertad. Si se suplanta a otro votante o sufraga más de una vez en la misma elección o lo hace sin tener derecho será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.

En cuanto a la publicación del voto que se emite, el Ministerio Público recomendó a los ciudadanos inhibirse de ese tipo de conductas.
 
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