Con 103 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, el Pleno aprobó un dictamen que propone modificar la Ley 30254, Ley de promoción para el uso seguro y responsable de las tecnologías de la información y comunicaciones por niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa plantea, que las empresas operadoras del servicio de Internet, informan de manera obligatoria antes de establecer la relación contractual con el usuario y cada 6 meses, mientras se mantenga la relación contractual, sobre la posibilidad de que el cliente autorice o contraté, según sea el caso, la implementación de filtros gratuitos y onerosos respectivamente.
Para el bloqueo en dispositivos caseros o móviles de páginas de contenido pornográfico u otras de contenido violento a fin de proteger a los niños niñas y adolescentes, está posibilidad está insertada en el contrato de servicio, siendo potestad del usuario autorizarla o contratar los medios para publicitar la disponibilidad de los filtros similares a los usados por las empresas operadores para promocionar la venta del servicio de Internet.
El congresista Jorge Marticorena (PB), secretario de la Comisión de la Mujer y Familia, explicó que la propuesta asegura garantizar que dichos servicios cuenten con registro y filtros mínimos para que no se pueda acceder a páginas web, canales de conversación o cualquier otra forma de comunicación en red de contenido e información pornográfica.
Susel Paredes Piqué (ID), autora de la propuesta señaló que las empresa que prestan servicio de Internet tienen la obligación de informar en el contrato la información o filtros de pornografía.
La iniciativa plantea, que las empresas operadoras del servicio de Internet, informan de manera obligatoria antes de establecer la relación contractual con el usuario y cada 6 meses, mientras se mantenga la relación contractual, sobre la posibilidad de que el cliente autorice o contraté, según sea el caso, la implementación de filtros gratuitos y onerosos respectivamente.
Para el bloqueo en dispositivos caseros o móviles de páginas de contenido pornográfico u otras de contenido violento a fin de proteger a los niños niñas y adolescentes, está posibilidad está insertada en el contrato de servicio, siendo potestad del usuario autorizarla o contratar los medios para publicitar la disponibilidad de los filtros similares a los usados por las empresas operadores para promocionar la venta del servicio de Internet.
El congresista Jorge Marticorena (PB), secretario de la Comisión de la Mujer y Familia, explicó que la propuesta asegura garantizar que dichos servicios cuenten con registro y filtros mínimos para que no se pueda acceder a páginas web, canales de conversación o cualquier otra forma de comunicación en red de contenido e información pornográfica.
Susel Paredes Piqué (ID), autora de la propuesta señaló que las empresa que prestan servicio de Internet tienen la obligación de informar en el contrato la información o filtros de pornografía.